Extranjería
Todos los trámites de Extranjería
- Estancia por estudios iniciales y prórroga
a) Residencia temporal y trabajo. Autorizaciones para residir y trabajar en España.
b) Autorización inicial de residencia y trabajo de profesionales altamente cualificados
c) Residencia temporal y trabajo de duración determinada. Residir y trabajar en España por un periodo de tiempo inferior a un año (contratos de temporada, prácticas de formación, contratos de obra o servicio, contratos para personal de alta dirección).
- Temporada o campaña.
- Obra o servicio.
- Formación y prácticas profesionales.
d) Entrada, residencia y trabajo en España de personal directivo o altamente cualificado.
e) Situación Nacional de Empleo. Supuestos en los que la Situación Nacional de Empleo permite la contratación de ciudadanos extranjeros no residentes en España.
f) Autorizaciones de residencia por circunstancias excepcionales.
- Arraigo laboral. Si ha permanecido en España al menos dos años y puede acreditar una relación laboral de duración no inferior a seis meses.
- Arraigo social. Si ha permanecido en España al menos tres años, cuenta con un contrato de trabajo y acredite vínculos familiares con otros extranjeros residentes o presente un informe de inserción social.
- Arraigo familiar. Si es hijo de padre o madre originariamente españoles o bien sean padre o madre de un menor de nacionalidad española.
- Autorización excepcional por razones humanitarias.
- Mujeres víctimas de violencia de género.
- Autorización de residencia temporal por razones de protección internacional.
g) Residencia temporal del extranjero que ha retornado voluntariamente a su país. Autorización de residencia o residencia y trabajo que podrán obtener, una vez finalizada la vigencia del compromiso de no regreso, los extranjeros que hubieran retornado a su país de origen voluntariamente o en base a un programa de retorno voluntario.
Información sobre modificaciones de autorizaciones.
a) Modificación de la situación de residencia a residencia y trabajo.
b) Modificación de régimen comunitario a régimen general. Supuestos nulidad, divorcio o cancelación y supuestos de cese como ciudadano de la Unión Europea o cese como titular de una tarjeta de residencia de familiar de comunitario.
- Modificación de régimen comunitario a residencia no lucrativa (NULIDAD, DIVORCIO, CANCELACIÓN).
- Modificación de régimen comunitario a residencia y trabajo por cuenta ajena (NULIDAD, DIVORCIO, CANCELACIÓN).
- Modificación de régimen comunitario a residencia y trabajo por cuenta propia (NULIDAD, DIVORCIO, CANCELACIÓN).
c) Modificación de la situación de estancia por estudios, investigación, formación o prácticas.
- Modificación de estancia por estudios, investigación, formación o prácticas a residencia y trabajo por cuenta ajena.
- Modificación de estancia por estudios, investigación, formación o prácticas a residencia y trabajo por cuenta propia.
- Residencia de larga duración. Autoriza a residir y a trabajar en España indefinidamente en las mismas condiciones que los españoles.
- Residencia de larga duración-UE. Autoriza a residir y trabajar en España indefinidamente en las mismas condiciones que los españoles y otorga la posibilidad de obtener autorización de residencia o residencia y trabajo en otros Estados miembros de la Unión Europea, en las condiciones que éstos determinen.
- Residencia de larga duración en España del residente de larga duración-UE en otro Estado miembro de la Unión Europea.
- Residencia de larga duración en España del familiar del residente de larga duración-UE en otro Estado miembro de la Unión Europea.
- Recuperación de la titularidad de una residencia de larga duración.
- Recuperación de la titularidad de una residencia de larga duración-UE.
- Autorización de regreso
Permite la salida de España y el retorno en un plazo no superior a 90 días.
Información sobre trámites relacionados con extranjeros menores de edad.
- Menores no nacidos en España.
- Menores nacidos en España.
- Autorización de residencia de menores no acompañados.
- Desplazamiento temporal de menores extranjeros.
- Desplazamiento temporal de menores extranjeros: escolarización.
- Renovación de la autorización de residencia temporal no lucrativa.
- Renovación de la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.
- Renovación de la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia.
- Renovación de residencia temporal por reagrupación familiar.
- Presentación de solicitudes bajo la ley de emprendedores.
- Residencia para Inversores
- Autorización de Residencia como Profesional Altamente Cualificado
- Residencia para Emprendedores
¿Cómo podéis ayudarme?
La primera toma de contacto (con cita previa) consiste en una entrevista personal que tiene como objetivo recabar toda la información necesaria para valorar si hay una solución viable y/o es el momento adecuado para proceder a solucionar el problema. (Coste de esta consulta: XX€)
Para poder continuar el proceso y abrir expediente, nos aseguramos que el cliente cumple con los siguientes parámetros, los 3 principios fundamentales de nuestro servicio.
- El cliente debe entender el trámite que está realizando
- Al cliente se le garantiza un resultado positivo a su problema legal
- El cliente abona un servicio por el que ha obtenido asesoramiento y resultado.
En el momento de presentar ante la administración el expediente administrativo, el cliente deberá abonar el 50% de los honorarios.
Una vez resuelto favorablemente, cerramos y archivamos el expediente, que es cuando se abonará el 50% pendiente.
En el caso de que la resolución del expediente no fuera favorable, no se abonará el 50% de los honorarios pendientes.